Igual que los licenciatarios, venden los productos Ortronic® que hayan sido convenidos en un Territorio, con exclusividad o sin ella.
La exclusividad implica siempre un valor mínimo de compras anuales, controlable trimestralmente, de las que depende la distribución, si el valor mínimo de compras no se cumple en la forma prevista en contrato, la distribución se pierde automáticamente sin necesidad de denunciar el contrato.
El Distribuidor no exclusivo no firma ningún contrato de distribución, ni tiene compromiso de compras mínimas, pudiendo cualquiera de las partes terminar unilateralmente las relaciones comerciales que pudieran existir, sin que la otra parte tenga derecho a ningún tipo de reclamación por el hecho de la terminación unilateral de las relaciones comerciales que pudieran existir entre las partes.
La terminación de relaciones comerciales no eximirá a las partes del cumplimiento de sus obligaciones de pago si las hubiera ni del cumplimiento frente a terceros de las obligaciones que pudieran existir como consecuencia de la aplicación de las leyes locales del Territorio.
Compruebe si hay algún distribuidor en el país en el que está interesado, haciendo click sobre él en el mapa, o en la lista que se encuentra bajo el mapa.